Dossier
Un jubilado por cada trabajador
Intereconomía, 9 de mayo 2013.
10-05-2013
“En 2060 habrá sólo un trabajador por cada jubilado”
ABC, 9 de mayo 2013.
10-05-2013
La familia: una gran lección de solidaridad
Laura Peraita - ABC, 5 de mayo 2013.
05-05-2013
Sentirse querido reduce la mortalidad
Laura Peraita - ABC, 29 de abril 2013.
02-05-2013
El optimismo puede alargar la vida más de 7 años
F. Rodríguez - La razón, 29 de abril 2013.
02-05-2013
Más del 45% de la población española será dependiente en 2032
Europa Press, 29 de abril 2014.
02-05-2013
Noticias
El 30% de los amigos de los adolescentes en las redes sociales son desconocidos
M. J. Pérez-Barco - ABC, 17 de mayo 2013.
18-05-2013
Pantalones caídos, ombligos al aire o faldas muy cortas: ¿permitir o prohibir?
Teresa Díaz - La Vanguardia, 15 de mayo 2013.
18-05-2013
Un 15% de los jóvenes españoles consume drogas de manera habitual
Marta G. Coloma - El Mundo, 15 de mayo 2013.
18-05-2013
La familia, fundamental para “amortiguar los efectos de la crisis”
Europa Press, 14 de mayo 2013.
15-05-2013
La mayoría de los españoles se aferra a la familia ante el paro y la crisis
M. J. Pérez-Barco - ABC, 15 de mayo 2013.
15-05-2013
La mitad de los inmigrantes de segunda generación se sienten españoles
Alejandra Agudo - El País, 13 de mayo 2013.
13-05-2013
Estudios
Nota informativa sobre el Día Internacional de las Familias 2013
Programa de Familia de Naciones Unidas, 15 de mayo 2013.
19-05-2013
Situación de las madres en el mundo 2012
Save the Children, mayo 2013.
08-05-2013
Baja parental masculina: relación entre implicación del padre y desarrollo del hijo en la OCDE
Varios - OCDE, 14 enero 2013.
03-05-2013
Emancipación juvenil en tiempos de crisis
A. Gentile - Fundación Alternativas, 25 de abril 2013.
27-04-2013
Estadística del Padrón Continuo a 1 de enero de 2013
INE, 22 de abril 2013.
23-04-2013
Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2013-2016
Min. de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, abril 2013.
19-04-2013
Opiniones

Es contraproducente usar la vía penal si el conflicto se puede resolver con medidas menos lesivas.

 

¿Abandono de familia?

Carlos Martínez Buján - El País, 11 de junio 2011.

13-06-2012

Compartir     Imprimir página

No deja de causar sorpresa que, por primera vez en Galicia, la pasada semana tuviese lugar un juicio penal por un caso de homeschooling, en el que la fiscalía acusa de un delito de abandono de familia a una madre viguesa por no escolarizar a su hijo (en la actualidad de 10 años), optando por educarlo en casa y en un centro específico no homologado. Este juicio coincide además con otro caso similar en el que unos padres de Castro Caldelas declararon como imputados en el juzgado de Trives por no haber iniciado la escolarización de su hija de siete años.

Aunque el fenómeno del homeschooling, muy conocido en los países anglosajones, no sea frecuente en Galicia ni España, lo cierto es que en todas las provincias del Estado existen familias que han optado por este sistema educativo y que se han agrupado en asociaciones como la Asociación para la Libre Educación, a la que pertenece la madre viguesa, con lo cual, de prosperar la vía penal, podríamos encontrarnos en los próximos meses con un significativo número de padres juzgados por el citado delito.
Ciertamente, nuestro Código Penal tipifica como abandono de familia la conducta de “dejar de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad”, deberes entre los que nuestro Código Civil incluye el de educar a los hijos y procurarles una formación integral; y, a tal efecto, hay que tener en cuenta además que en nuestro país rige un sistema de escolarización obligatoria hasta los 16 años. Ahora bien, la cuestión que se plantea es si las obligaciones impuestas por la legislación civil tienen que ser automáticamente trasvasadas al ámbito penal sin necesidad de efectuar restricción alguna. A mi juicio, la respuesta debe ser negativa, en aras del respeto a diversos principios informadores del Derecho Penal, singularmente el principio de intervención mínima, que obliga a interpretar restrictivamente los tipos penales, de acuerdo con su bien jurídico protegido, y que, por de pronto, conduce a considerar inútil y contraproducente la vía penal allí donde el conflicto puede ser resuelto adecuadamente a través de medidas menos lesivas para el ciudadano como son las civiles y las administrativas.
Y así lo ha venido entendiendo también la jurisprudencia de forma prácticamente unánime, mereciendo ser destacado en nuestra comunidad un reciente auto de la Audiencia Provincial de A Coruña de 27 de diciembre de 2011, en el que se archivaron unas diligencias penales abiertas contra unos padres por un caso similar a los anteriormente mencionados. Valiéndose de un razonamiento jurídico impecable, la Audiencia llega a la conclusión de que, al no constar realmente una efectiva dejación del deber de educar y de procurar una formación integral al menor, no es la vía penal el foro adecuado para dilucidar la verdadera cuestión que se plantea, que no es otra que la de saber si existe un derecho de los padres a no escolarizar a sus hijos en los colegios oficiales. En dicho auto se sugiere además cuál sería la vía idónea en estos supuestos, a saber: que la fiscalía promueva un expediente de jurisdicción voluntaria, como sucedió en el conocido caso planteado ante un juzgado de Málaga en el que éste ordenó la escolarización de cinco niños, escolarización confirmada por la Audiencia Provincial y recurrida después en amparo por los padres ante el Tribunal Constitucional, al entender vulnerado el derecho fundamental a la educación (artículo 27 de la Constitución), pero sin que en ninguna de estas instancias judiciales se suscitase la posible comisión de un delito.
Por lo demás, y sin entrar aquí a debatir la controvertida cuestión del homeschooling, cabe recordar que en su sentencia 133/2010 el Tribunal Constitucional deniega el amparo solicitado por los padres, razonando que “la imposición del deber de escolarización de los niños de entre seis y 16 años […]constituye un límite incorporado por el legislador que resulta constitucionalmente viable por encontrar justificación en otras determinaciones constitucionales contenidas en el propio art. 27 CE y por no generar una restricción desproporcionada del derecho controvertido”. No obstante, a renglón seguido en la sentencia se reconoce que la decisión de establecer la escolarización obligatoria no se deriva de una imposición de la Constitución, sino que “es una de las posibles configuraciones del sistema entre las que (scil., el legislador) puede optar en ejercicio del margen de libre apreciación política que le corresponde en virtud del principio de pluralismo político”.
 

 
Enviar por e-mail

Nombre del destinatario

E-mail

 
Nombre de quien lo envía

E-mail

 
Observaciones

 
Estos datos se consideran confidenciales y no son almacenados ni utilizados para ninguna finalidad distinta de este envío.
 
 
 
< AnteriorPosterior >
 
 
Miembro de
 
International Federation for Family Development
 
 
Enlaces externos
2014-20th Anniversary of the International Year of the Family¡Solo faltan 226 días y 13 horas!
United Nations Programme
on the Family
The Council of Europe
Family Policy Database
European Alliance for Families
EU Family Platform
Fathers for good
[Knights of Columbus]
Facts about Youth
[American College of Pediatricians]
Family Facts
[Heritage Foundation]
Instituto de Ciencias para la Familia
[Universidad de Navarra]
Instituto de Iniciativas
de Orientación Familiar
Inst. de Est. Sup. de la Familia
[Univ. Internacional de Catalunya]
Fundación Másfamilia
Forum Européen des Femmes
Home Renaissance Foundation
Work & Family Foundation Canada
Federación Española
de Familias Numerosas
Acción Familiar
Foro Español de la Familia
Padres y Colegios
Family and Media
Información sobre el aborto
Vida y Familia A. C. [México]
Family Scholars
Institute for American Values
Homemakers Project
 
Índices
Aborto
Abuelos
Adicciones y trastornos
Adolescencia
Adopción y acogimiento
Alergias y salud
Ayudas
Comunicación
Conciliación
Derecho
Divorcio
Educación
Eutanasia
Fiestas y ocio
General
Homosexualidad
Igualdad
Infancia
Maternidad
Matrimonio
Natalidad
ONU
Pantallas
Paternidad
Pobreza y economía
Relaciones
Salud mental
Sexualidad
Unión Europea
Violencia
 
Índices personalizados
 
 
RSS
RSS - Noticias
RSS - Opiniones
RSS - Estudios
¿Qué es RSS?

The Family Watch
 
Para poner este link
en su blog o website,
copie y pegue este código:
 

 
Este sitio web ofrece documentación sobre la familia que resulta útil para estar al día...
Los contenidos distinguen noticias, artículos de opinión, estudios de investigación y vídeos de impacto, además de artículos originales e información sobre las actividades propias.
Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente los puntos de vista de The Family Watch.
Salvo indicación expresa en contra, los contenidos propios de este website se rigen por una licencia de Creative Commons que permite copiarlos, distribuirlos y comunicarlos públicamente, así como hacer obras derivadas, siempre que se cite su procedencia y estén excluidos los fines comerciales.
Instituto Internacional de Estudios sobre la Familia · The Family Watch - 2013 - Artistas, 2-2º - 28020 Madrid - Tel. [34] 91 534 90 77.

CSS válido    HTML 4.01 Transitional válido